No vamos a recordarles el número de viviendas vacías que dejó la burbuja de la construcción ni el bajo grado de calidad de estas, ya sea debido a que se proyectaron y construyeron antes de la entrada en vigor del Código Técnico de la Edificación -que supuso un salto cualitativo en las exigencias a la edificación con respecto a la normativa anterior- o a cuestiones de prisas e intereses económicos que primaban durante el auge de la burbuja.
La estrategia a partir de ahora parece clara: toca REHABILITAR.
Pero ¿cómo ha de realizarse dicha rehabilitación?
¿Cuáles son los puntos fuertes principales sobre los que ha de promoverse?
El Gobierno ya ha empezado a marcar los principales objetivos a través de la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas que habla de la búsqueda de un modelo sostenible a través de la reconversión del sector inmobiliario y de la construcción mediante la actividad de rehabilitación en su conjunto que debe buscar áreas que permitan aplicar políticas integrales que contemplen intervenciones no sólo en el ámbito físico-espacial, sino también en los ámbitos social, económico, ambiental y de integración de la ciudad. Esta ley desarrolla una herramienta para promover tal objetivo: el Informe de Evaluación de los Edificios (IEE).
Para complementar este instrumento se regula un plan de ayudas públicas a través del Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016.
A tenor de todo lo anterior ya podemos descubrir que las claves que guían el plan de rehabilitación del Gobierno -en la búsqueda de mejorar la calidad de la edificación- se basa en tres pilares:
- Conservación
Es evidente que si vamos a realizar una rehabilitación, siempre el primer punto a tener en cuenta es asegurar su estabilidad, seguridad, estanqueidad y consolidación estructurales, así como mantener y recuperar las condiciones de habitabilidad y de uso efectivo según el destino propio de la edificación.
- Rehabilitación energética
La mejora de la eficiencia energética de nuestra planta edificada es una misión que se está desarrollando impulsado a partir de las directivas en europeas con el objetivo 20/20/20 (20% de reducción de las emisiones totales de gases de efecto invernadero, 20% de aumento de la eficiencia energética, 20% del consumo total de energía, procedente de fuentes renovables) para 2020.
- Mejora de la accesibilidad
La adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad exige la realización de los ajustes razonables en materia de accesibilidad universal y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización del edificio (con sus obras correspondientes) de forma eficaz, segura y práctica.
Estos tres puntos son complementados con otros de menor entidad para conseguir la mejora de la calidad y sostenibilidad -dentro de lo cual destaca el ya mencionado mejora de la eficiencia energética- que se materializa con:
- Ahorro de agua y la reutilización de las aguas grises y pluviales.
- Recogida y separación de los residuos.
- Mejora de las condiciones acústicas.
- Permeabilidad del suelo, adaptación la jardinería a especies de bajo consumo hídrico, optimizar los sistemas de riego y otras actuaciones bioclimáticas.
Por tanto, si desarrollamos una línea temporal en relación a los aspectos a tener en cuanta en una rehabilitación podemos descubrir que hasta no hace mucho tiempo estas se basaban únicamente en la conservación (restauración, rehabilitación y cambio de uso).
Con el cambio de mileno (DIRECTIVA 2002/91/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 16 de diciembre de 2002 relativa a la eficiencia energética de los edificios) se introduce la preocupación de la rehabilitación energética. Nuestros edificios tendrán que irmejorando sus características térmicas a través de la mejora de la envolvente, la incorporación de equipos de alta eficiencia energética y el uso de energías renovables para adaptarnos paulatinamente a lo establecido en el Documento Básico del Código Técnico de la Edificación DB-HE1.
La fallida LIONDAU (
Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad) introduce el aspecto de la accesibilidad universal, aunque no se empieza a tomar en serio hasta la publicación del
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social que fija una fecha máxima para la realización de sus
Ajustes razonables en el 4 de diciembre de 2017.
La siguiente exigencia que ya se vislumbra en el horizonte es la
mejora de las condiciones acústicas de los inmuebles para conseguir el cumplimiento de los parámetros establecidos en el Documento Básico del Código Técnico de la Edificación DB-HR, protección contra el ruido. Si bien aún es un aspecto secundario, tanto su aparición entre los elementos subvencionables en el
Programa de fomento de la rehabilitación edificatoria dentro del plan de ayuda del
Real Decreto 233/2013, como su inclusión en la herramienta informática en línea desarrollada por el ICCL para el Ministerio de Fomento para para la redacción y emisión del
IEE, muestran esta tendencia.
Por último - y con un período temporal aún sin concretar- se encuentran el resto de exigencias relacionadas con la
sostenibilidad que -si bien algunos aspectos ya se empiezan a recoger de forma tímida y de cumplimiento voluntario- entendemos que es el impulso necesario para conseguir en un futuro no muy lejano una
planta edificada existente que cumpla todas las garantías para ser
SOSTENIBLE.
Fuente: http://blog.deltoroantunez.com/2015/02/rehabilitacion-sostenible-necesaria.html